Acuerdo para pedir préstamo
Fecha de entrada en vigor: 2 de diciembre de 2025
Términos y condiciones
El presente Contrato de préstamo (“Contrato”) es un contrato entre (i) Usted (como se define a continuación) y (ii) Square Financial Services, Inc., un banco industrial con licencia del estado de Utah y asegurado por la FDIC (el “Banco”), como originador, emisor y administrador de su préstamo cerrado. Lea el presente Acuerdo y conserve una copia.
En consideración de las promesas y las respectivas declaraciones, garantías, convenios, acuerdos y condiciones contenidos en el presente documento, Usted y el Banco celebran el presente Contrato y aceptan los términos y condiciones que en él se estipulan.
1. Definiciones
“Monto financiado” se refiere al monto del crédito que se le otorga o que se otorga en su nombre. El Monto financiado se identifica en el Resumen de las condiciones del préstamo.
“Tasa de porcentaje anual” o “APR” se refiere al costo de su crédito como tasa anual. La APR se identifica en el Resumen de las condiciones del préstamo.
“Banco” tiene el significado establecido en el primer párrafo del presente Contrato e incluye a los agentes y a los cesionarios del Banco.
“Día hábil” se refiere a cualquier día, excepto el sábado, el domingo o cualquier día festivo, federal o postal, en el que los bancos del estado de Utah estén obligados o autorizados a cerrar.
“Saldo almacenado en Cash App” se refiere al saldo disponible en su cuenta de Cash App.
“Cheque” se refiere a un cheque o giro postal que Usted utiliza para pagar su préstamo. Esto incluye cualquier imagen de estos instrumentos.
“Empresa” se refiere a Block, Inc., una corporación de Delaware con oficinas en 1955 Broadway, Suite 815, Oakland, California, 94612, e incluye a sus agentes, representantes autorizados, sucesores y cesionarios.
“Reclamo” se refiere a cualquier reclamo, controversia o disputa entre Usted y el Banco, sus afiliados, agentes, proveedores de servicios, procesadores, proveedores o licenciantes (o sus respectivos afiliados, agentes, directores o empleados), ya sea que surja antes o durante el período de vigencia del presente Contrato, e incluye cualquier reclamo, controversia o disputa basada en cualquier conducta suya o del Banco que se haya producido antes de la Fecha de ejecución, incluido cualquier reclamo relacionado de alguna manera con el presente Contrato o cualquier otro aspecto de nuestra relación.
“Fecha de vencimiento” se refiere a la fecha en que el pago de su Monto financiado y Cargo financiero vence y es exigible, tal y como se detalla en el Resumen de condiciones del préstamo en “Fecha de vencimiento final”.
“Fecha de ejecución” se refiere a la fecha identificada en su canal de actividad de Cash App como “Fecha de préstamo” o la fecha en que Usted aceptó y ejecutó el presente Contrato.
“Cargo financiero” se refiere al monto en dólares estadounidenses que le costará el crédito. El Cargo financiero se identifica en el Resumen de condiciones del préstamo y lo paga usted cuando se desembolsa el préstamo.
“Ingresos del Préstamo” se refiere al monto total de los fondos concedidos a Usted por el Banco e incluye el Monto financiado más el Cargo financiero. Consulte la Sección 3 (Desembolso de fondos) a continuación.
“Prestatario Militar” se refiere a un “prestatario cubierto”, tal como se define dicho término en el artículo 32 C.F.R. § 232.3(g). Consulte la Sección 23 para obtener más información.
“Saldo pendiente” se refiere al Monto financiado más el Cargo financiero menos cualquier pago que se haya realizado sobre el préstamo.
“Comisión sobre el saldo pendiente” se refiere a la comisión única que puede aplicarse en caso de que Usted no pague el Saldo pendiente en la Fecha de vencimiento.
“Intereses por mora” se refiere a un cargo del 1.25 % semanal que se aplica al Monto financiado pendiente de pago en caso de que no pague el Saldo pendiente en la Fecha de vencimiento, tal y como se indica en el Resumen de las condiciones del préstamo. Los intereses por mora no son compuestos.
“Pague lo que utilice” o “a medida que reciba dinero”, tal y como se utiliza en el flujo de la solicitud, se refiere a una forma de prepago opcional por la que usted autoriza al Banco, sus agentes o proveedores de servicios (incluida la Empresa) a retener el monto que se le proporcionó en su plan de pago anticipado opcional de sus ingresos en Cash App y aplicar dichos importes al Saldo pendiente durante el Plazo del préstamo. Consulte la Sección 4 para obtener más información.
“Importe de pago” se refiere al Saldo pendiente más cualquier Comisión sobre el saldo pendiente y cualquier Interés por mora.
“Resumen de las condiciones del préstamo” se refiere a la información que se le proporcionó antes de ejecutar el presente Contrato, de conformidad con la Ley Federal de Veracidad en los Préstamos y el Reglamento Z.
“Usted” se refiere a la persona identificada como “Prestatario” en el Resumen de condiciones del préstamo.
2. Informes de crédito
a. El Banco puede comunicar información sobre su préstamo a las agencias de crédito. Los pagos atrasados, los pagos omitidos u otros incumplimientos de su préstamo pueden reflejarse en su informe de crédito.
b. Si considera que se ha reportado información inexacta sobre su préstamo a una agencia de crédito u otra agencia de informes de crédito, envíe una notificación a la dirección que figura a continuación. La notificación debe incluir: (i) su nombre, dirección, dirección de correo electrónico, número de teléfono y $cashtag; (ii) la información específica que está impugnando y una explicación de la base del reclamo; y (iii) toda la documentación de respaldo u otra información razonablemente necesaria para fundamentar la base del reclamo.
Square Financial Services, Inc. 3165 East Millrock Drive, Suite 160 Salt Lake City, Utah, 84121
3. Desembolso de fondos
Tras la ejecución del presente Contrato, Usted acepta que el Banco retenga el Cargo financiero de los Ingresos del préstamo y desembolse el Importe financiado a su Saldo almacenado en Cash App.
4. Promesa de pago
a. Pago del saldo pendiente Usted se compromete a pagar el Saldo pendiente antes de la Fecha de vencimiento. Usted autoriza al Banco o a cualquier agente o proveedor de servicios del mismo (incluida la Empresa) a iniciar pagos en la Fecha de vencimiento desde su Saldo almacenado en Cash App y, si su Saldo almacenado en Cash App no es suficiente para cubrir el Saldo pendiente, la tarjeta de débito asociada a su cuenta de Cash App como fuente de financiación, por un importe que no exceda el Saldo pendiente. Si la cuenta asociada a la tarjeta de débito asociada a su cuenta de Cash App como fuente de financiación no tiene fondos suficientes disponibles para reembolsar su Saldo pendiente, procesaremos un pago parcial de su Saldo almacenado en Cash App. Esta autorización permanecerá vigente hasta que su Saldo pendiente se pague en su totalidad.
b. Cómo se aplican sus pagos Durante el plazo del préstamo, las devoluciones se aplican proporcionalmente al capital y a la comisión. Después de que un préstamo entra en mora, las devoluciones se aplican de la siguiente manera: 1) Intereses vencidos, 2) la Comisión sobre el saldo pendiente, y 3) proporcionalmente al capital y a las comisiones.
c. Pago anticipado opcional Puede pagar por anticipado su préstamo en su totalidad o en parte en cualquier momento. No se aplicará ninguna penalización por el pago anticipado total o parcial de su préstamo. Según lo exija la legislación aplicable, si Usted reembolsa el préstamo antes de la fecha de vencimiento, el Banco reembolsará proporcionalmente cualquier parte del cargo financiero que supere el 5% del monto financiado, en proporción a la cantidad de días que queden hasta la fecha de vencimiento. Usted acepta que cualquier otra parte del Cargo financiero no es reembolsable en caso de que pague el préstamo antes de la Fecha de vencimiento y se devengue en su totalidad en la Fecha de ejecución.
Puede optar por pagar su préstamo por anticipado, total o parcialmente, antes de la Fecha de vencimiento, mediante la inscripción en un calendario de pago opcional durante el proceso de solicitud: (i) pagar su préstamo en cuotas semanales, siendo opcional cualquier pago programado antes de la Fecha de vencimiento; o (ii) Pago por uso. Las divulgaciones adicionales sobre los pagos automáticos para dichos calendarios de pago opcionales se encuentran en las Condiciones de pago automático, que se le proporcionarán en el momento en que elija su calendario de pago. Si opta por un plan de pago opcional con pagos semanales, también se le proporcionará el calendario de pagos en ese momento. Su calendario de pagos también estará disponible en la sección Pedir un préstamo de su cuenta de Cash App. Si opta por pagar su préstamo por anticipado mediante la inscripción en un calendario de pago opcional, tiene la opción de omitir cualquier pago por anticipado programado o de pagar su Saldo pendiente en su totalidad en cualquier momento.
También puede pagar su préstamo por adelantado realizando uno o más pagos manuales en cualquier día del Plazo del préstamo.
d. Prácticas de pago posteriores al incumplimiento: recuperación del saldo vencido Si no paga el Saldo pendiente en la Fecha de vencimiento o antes, se compromete a pagarlo inmediatamente. En caso de que no pague el saldo pendiente en la fecha de vencimiento o antes, autoriza al Banco o a cualquier agente o proveedor de servicios a iniciar pagos de su saldo almacenado en Cash App. Esta autorización permanecerá vigente hasta que su saldo pendiente, o según corresponda, el monto de liquidación se pague en su totalidad.
Además, si su saldo pendiente permanece impagado durante más de tres (3) días calendario después de la fecha de vencimiento, usted autoriza a la Empresa (que será un tercero beneficiario de esta disposición), en su calidad de titular de su saldo almacenado en Cash App, a iniciar un pago (o notificar al Banco que inicie un pago) (i) hasta el importe del saldo pendiente, o según corresponda, el importe de pago o (ii) en el importe de los fondos disponibles en su saldo almacenado en Cash App, el que sea menor, en nuestro nombre de conformidad con las indicaciones permanentes del Banco, cada vez que haya fondos disponibles en su saldo almacenado en Cash App. Esta subsección no pretende crear o dar al Banco una garantía real sobre su saldo almacenado en Cash App o cualquier fondo agregado a su saldo almacenado en Cash App. El Banco renuncia expresamente a cualquier prioridad sobre otros acreedores o un fideicomisario de quiebra en un procedimiento de quiebra o procedimiento similar como resultado de la autorización de pago en esta subsección.
5. Formas de pago
Usted acepta realizar los pagos del préstamo electrónicamente o mediante cheques que envíe al Banco. Usted acepta que no se aceptará ninguna otra forma de pago, incluidos los pagos en dinero. Usted acepta que el Banco o cualquiera de sus agentes o proveedores de servicios no son responsables si su entidad financiera rechaza un pago que usted realice. Usted será responsable de cualquier comisión que le cobre su entidad financiera.
a. Pagos automáticos Puede optar por inscribirse en pagos automáticos durante el proceso de solicitud para los pagos anticipados opcionales del préstamo, enumerados anteriormente en la Sección 4, que se realizarán durante el plazo del préstamo. Las divulgaciones adicionales con respecto a los pagos automáticos para dichos pagos anticipados opcionales y para los pagos descritos en la Sección 4 anterior se encuentran en sus Condiciones de pago automático, que se proporcionarán en el momento de la inscripción. Puede optar por no recibir pagos automáticos para dichos pagos anticipados opcionales o para los pagos descritos en la Sección 4 anterior en cualquier momento a través de los siguientes pasos:
Haga clic en el ícono de Pedir un préstamo en la sección de inicio de su Cash App;
Seleccione su préstamo;
Haga clic en “Pago automático” en la página de detalles del préstamo; y
Haga clic en “Desactivar pago automático”.
La exclusión voluntaria, a más tardar tres días hábiles después de la fecha de dicha exclusión, desactivará todos los pagos automáticos posteriores, incluidos los que se realizarán durante el plazo del préstamo, en la fecha de vencimiento y (si corresponde) después de la fecha de vencimiento.
Si cambia la tarjeta de débito asociada a su cuenta de Cash App, cambiará automáticamente la tarjeta de débito que usamos para pagos futuros en virtud de estas Condiciones de pago automático.
Es posible que se le solicite que tenga una tarjeta de débito registrada durante el plazo de su préstamo. Mientras su préstamo esté pendiente, no podrá desasociar su tarjeta de débito, pero tendrá la opción de reemplazarla o suspender los pagos automáticos en cualquier momento siguiendo los pasos anteriores.
b. Pagos electrónicos manuales Usted puede optar por realizar pagos electrónicos manualmente. Al elegir este método, se le pedirá que autorice al Banco a cargar a su tarjeta de débito un monto determinado cada vez que usted realice un pago.
Los fondos para pagar un préstamo pueden retirarse de su cuenta de depósito tan pronto como el mismo día en que se reciba su pago.
c. Pago con cheque Puede enviar cheques pagaderos a Cash Lending Lockbox Services 208731 a la siguiente dirección: Attn: Cash Lending Lockbox Services 208731, Square Inc., P.O. Box 208731, Dallas, Texas 75320-8731
Su cheque debe especificar su $cashtag, el monto financiado original y la fecha de ejecución. Su pago debe realizarse en dólares estadounidenses desde una fuente válida de los Estados Unidos en una forma aceptable para el Banco. Para que se le acredite a su préstamo el mismo día, el cheque debe recibirse físicamente en la dirección anterior antes de las 4:00 p. m. (hora central) de un día hábil.
Usted se compromete a no enviar cheques que contengan palabras restrictivas, condiciones, limitaciones o instrucciones especiales, ni a enviar comunicaciones adjuntas con ningún pago a ninguna dirección. Si envía dicho pago, puede ser rechazado y devuelto a Usted. Su pago también puede ser aceptado y procesado sin tener en cuenta dichas palabras restrictivas, condiciones, limitaciones, instrucciones especiales o comunicaciones adjuntas sin que el Banco pierda ningún derecho o recurso. Esto incluye los cheques marcados como “Pagado en su totalidad”, los cheques posdatados o los cheques que tengan otro lenguaje restrictivo, condicional, limitante o instructivo. Esto también incluye todas las comunicaciones adjuntas.
d. Si cree que ha ocurrido un error con un pago electrónico del préstamo, consulte la Sección XII.b.2 de las Condiciones de servicio de Cash App.
6. Finalidad y estructura del préstamo
Usted reconoce y acepta que utilizará este préstamo y sus fondos únicamente para fines personales, familiares o domésticos. No utilizará los fondos del préstamo, ni en su totalidad ni en parte, para gastos de educación superior o negocios. Usted se compromete a no utilizar los fondos obtenidos mediante este préstamo para pagar, liquidar, refinanciar o extinguir ninguna otra deuda contraída con la Empresa o sus filiales. Usted reconoce que el importe financiado es una prórroga única de crédito cerrado, que está sujeto a la verificación y evaluación de la información crediticia y otros criterios.
7. Comisión por saldo pendiente
En caso de que usted no pague el saldo pendiente en la fecha de vencimiento, y dicho saldo permanezca sin pagar durante más de tres (3) días calendario después de la fecha de vencimiento, se le cobrará una comisión por saldo pendiente de $5 si, al aceptar su préstamo, seleccionó un calendario de pagos diferente al que se le recomendó originalmente. La comisión por saldo pendiente se devenga y es pagadera de inmediato.
8. Cargos por intereses moratorios
Los intereses moratorios se devengan únicamente si usted no paga su préstamo en la fecha de vencimiento. A partir de una semana (siete días calendario) después de la fecha de vencimiento, se devengarán intereses moratorios sobre cualquier importe financiado que no se haya pagado, con periodicidad semanal, y seguirán devengándose semanalmente hasta que se haya pagado íntegramente el saldo pendiente. Los intereses moratorios son exigibles y pagaderos de inmediato.
9. Notificaciones
Usted tomará todas las medidas necesarias para garantizar que las notificaciones no sean filtradas fuera del modo que ha seleccionado para recibir notificaciones en su Cash App. Su pago seguirá siendo exigible en la fecha de vencimiento programada periódicamente, incluso si no recibe una notificación del Banco.
10. El pago se está procesando
a. Usted está de acuerdo en que el Banco puede aceptar y procesar los pagos del préstamo sin renunciar a ningún derecho o recurso.
b. Usted está de acuerdo y autoriza al Banco a realizar devoluciones o abonos electrónicos en cualquier tarjeta de débito que haya proporcionado para los pagos del préstamo en caso de un débito erróneo o si lo considera oportuno.
c. Usted está de acuerdo y autoriza al Banco a ajustar su préstamo para subsanar errores, procesar pagos devueltos y revertidos, y gestionar otros asuntos relacionados con su préstamo.
11. Predeterminado
a. A menos que la ley lo prohíba expresamente, usted incurrirá en incumplimiento de su préstamo si:
Usted paga el monto financiado en la fecha de vencimiento o antes de esta;
Cualquier pago del préstamo que usted realice sea rechazado o no sea pagado por su banco, o bien, no pueda ser procesado por su banco;
Si presenta una solicitud o se ve involucrado en un procedimiento de quiebra o insolvencia;
No puede cumplir con sus obligaciones, incluso en caso de fallecimiento o incapacidad legalmente declarada;
Usted proporcionó información inexacta, falsa o incompleta, o bien, intentó defraudar o presentar declaraciones falsas sustanciales al Banco y/o a sus proveedores de servicios;
Su cuenta de Cash App ha sido restringida, suspendida o cancelada;
No cumple con algún término de este Contrato; y/o
Usted reside permanentemente fuera de EE. UU.
b. Si usted incurre en incumplimiento, el Banco podrá tomar ciertas medidas con respecto a su préstamo sin notificárselo, a menos que la ley exija dicha notificación. Por ejemplo, dependiendo del tipo de incumplimiento, se podrán tomar las siguientes medidas:
Si usted está inscrito en pagos automáticos, se podrá debitar de su saldo almacenado de Cash App o de su tarjeta de débito el monto de cualquier saldo pendiente o el monto de liquidación, según corresponda, en la fecha de vencimiento o después de esta, conforme a lo establecido en la Sección 4;
Su capacidad para utilizar cualquiera o todas las funciones de Cash App podrá ser suspendida hasta que usted pague la totalidad de su saldo pendiente;
Se le podrán cobrar intereses moratorios mientras su saldo pendiente permanezca sin pagar; y/o
No podrá solicitar préstamos cerrados posteriores al Banco.
12. Información financiera personal
INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS PARA ABRIR UNA NUEVA CUENTA
Para ayudar al gobierno a combatir la financiación del terrorismo y las actividades de lavado de dinero, la ley federal exige que todas las instituciones financieras obtengan, verifiquen y registren la información que identifica a cada persona que abre una cuenta. Qué significa esto para usted: Para abrir una cuenta, el Banco le solicitará su nombre, dirección, fecha de nacimiento y otra información que le permita identificarlo. El Banco también podrá solicitar ver su licencia de conducir u otros documentos de identificación.
Usted acepta proporcionar información financiera personal sobre su persona que el Banco pueda solicitar periódicamente para fines de suscripción, seguridad y/u otros fines relacionados con la administración de su préstamo, lo cual puede incluir la información mencionada anteriormente y otra información adicional.
Usted se compromete a actualizar de manera inmediata su información personal en su perfil de Cash App, lo que incluye, entre otros, su nombre, dirección física, dirección de correo electrónico o número de teléfono. Al hacerlo, acepta que no proporcionará información o firmas falsas, ya sean electrónicas o de otro tipo, en ningún momento. Es posible que se le soliciten documentos adicionales para verificar cualquier cambio.
13. Edad y residencia
Al celebrar el presente Acuerdo, usted da fe que tiene al menos 18 años de edad o más y la edad legal suficiente para celebrar un contrato en el estado en el que reside, y que es residente de EE. UU. al momento de suscribir este Acuerdo.
14. Comunicaciones e información de contacto
a. Usted acepta recibir comunicaciones del Banco, o de su agente o proveedor de servicios, incluidos correos electrónicos, mensajes de texto, llamadas y notificaciones push en el número de teléfono celular que proporcione cuando solicite información sobre un préstamo o actualice su información de contacto. Dichas comunicaciones pueden incluir, entre otras, comunicaciones relacionadas con solicitudes de crédito, decisiones de crédito, divulgación de información, administración del préstamo, cobranzas, solicitudes de autenticación secundaria, recibos, recordatorios y notificaciones relacionadas con actualizaciones de su préstamo o soporte de la cuenta. Las comunicaciones de llamadas y mensajes de texto pueden ser generadas por sistemas de marcación telefónica automática. Las tarifas estándar de mensajes y datos aplicadas por su proveedor de telefonía celular pueden aplicarse a los mensajes de texto que le enviamos.
b. Puede optar por no recibir comunicaciones promocionales por correo electrónico que le enviamos siguiendo las opciones para darse de baja en dichos correos electrónicos. Puede optar por no recibir llamadas telefónicas promocionales informando a la persona que llama que no desea recibir futuras llamadas promocionales. Asimismo, podrá dejar de recibir mensajes de texto del Banco o de cualquiera de sus agentes o proveedores de servicios en cualquier momento, enviando la palabra END al número desde el cual recibe el mensaje de texto del Banco, la Empresa o cualquiera de sus agentes. Reconoce que optar por no recibir comunicaciones puede afectar su uso de los servicios del Banco y de la Empresa.
15. Documentos del préstamo
Los siguientes documentos (según se actualicen o modifiquen periódicamente, los “Documentos del préstamo”) rigen su préstamo:
El presente Acuerdo;
El resumen de las Condiciones del préstamo;
El consentimiento electrónico que se le proporciona al solicitar el préstamo;
Los términos de pago automático que acepta al solicitar el préstamo; y
Cualquier política de privacidad que usted acepte al solicitar el préstamo.
Lea atentamente estas instrucciones y guárdelas para consultarlas en el futuro.
16. Legislación aplicable a su Acuerdo
El presente Acuerdo y cualquier disputa que surja en virtud del mismo se regirán por la ley de Utah o la ley federal aplicable (incluida la Ley Federal de Arbitraje), tal y como se aplica a los acuerdos celebrados y que se ejecutarán íntegramente en Utah, sin tener en cuenta la elección de la ley o los conflictos de principios legales que requerirían la aplicación de la ley de una jurisdicción diferente.
17. Divisibilidad
Salvo que se disponga lo contrario en el presente documento (incluida, entre otras, la disposición de arbitraje que figura más adelante) y en la medida en que la ley no lo prohíba, si alguna disposición de este Acuerdo se considera inválida o inaplicable, dicha determinación no afectará la validez ni la exigibilidad de las disposiciones restantes de este Acuerdo.
18. Demora en la ejecución y renuncia
El hecho de que el Banco no ejerza o se demore en ejercer cualquier derecho o recurso no constituirá una renuncia al mismo. El Banco se reserva el derecho a renunciar a derechos o recursos sin notificárselo a usted. Por ejemplo, el Banco podría renunciar a los intereses de mora que usted adeude en un momento determinado sin notificárselo y sin perder el derecho a imponer los intereses de mora que se acumulen a partir de ese momento.
19. Asignación y delegación
a. El presente Acuerdo será vinculante y redundará en beneficio de cualquiera de sus sucesores y cesionarios y de los del Banco, entre los que se incluirán, para evitar dudas, a los titulares posteriores de su préstamo. Salvo lo dispuesto por la ley aplicable, el Banco puede vender, ceder o transferir su préstamo y el presente Acuerdo en su totalidad o en parte sin su permiso y sin darle previo aviso. Cualquier cesionario o cesionarios, incluidos, para evitar dudas, los titulares posteriores de este Acuerdo, ocuparán el lugar del Banco en virtud del mismo. Usted debe pagarles y cumplir con todas sus obligaciones con ellos y no con el Banco. Si usted paga al Banco después de que se le haya notificado que su préstamo o este Acuerdo han sido transferidos, el Banco podrá devolverle el pago, remitirlo al cesionario o administrarlo de otra forma razonable. Usted no puede vender, ceder, delegar o transferir su préstamo, el presente Acuerdo o sus obligaciones en virtud del mismo a otra persona sin el permiso por escrito del Banco o de cualquier titular posterior de su préstamo. Cualquier venta, cesión o transferencia de su préstamo por su parte en violación de esta Sección será nula y sin efecto.
b. En caso de venta, cesión o cualquier otro tipo de transferencia del presente Acuerdo, sus derechos en virtud de la ley o del presente Acuerdo no se verán alterados ni menoscabados en modo alguno.
c. El Banco podrá contratar agentes o proveedores de servicios para que realicen en nuestro nombre cualquier acción autorizada o contemplada en el presente Acuerdo. Cualquier autorización o permiso que usted otorgue al Banco en el presente Acuerdo (o en relación con su préstamo) se extenderá y cubrirá a cualquier agente o proveedor de servicios que actúe en nombre del Banco o siguiendo las instrucciones de este. Sin limitar la generalidad de lo anterior, usted autoriza expresamente a la Empresa, cuando actúe como agente y proveedor de servicios del Banco, a tomar cualquier medida autorizada o contemplada en el presente Acuerdo, independientemente de si dichas medidas están autorizadas o contempladas en las condiciones de servicio de Cash App. Se incluyen otras disposiciones del presente Acuerdo que amplían expresamente los derechos o protecciones del mismo a los agentes o proveedores de servicios del Banco (ya sea de forma general o a proveedores de servicios específicos) para evitar dudas, y no deben interpretarse como una limitación del funcionamiento o el efecto de las disposiciones generales de la presente Sección 19(C).
20. Acuerdo completo
Los Documentos del préstamo constituyen la totalidad del acuerdo entre usted y el Banco con respecto a este préstamo. Usted reconoce y acepta que ninguna declaración verbal puede variar, modificar o enmendar los términos y condiciones de los Documentos del préstamo. El hecho de que el Banco no ejerza o se demore en ejercer cualquier derecho o recurso no constituirá una renuncia al mismo.
21. Permanencia de las obligaciones
Sin perjuicio de cualquier otra disposición del presente Acuerdo, las obligaciones establecidas en las Secciones 16 (Legislación aplicable a su acuerdo), 17 (Divisibilidad), 18 (Demora en la ejecución y renuncia), 19 (Asignación y delegación), 20 (Contrato completo), 21 (Supervivencia de las obligaciones) y 22 (Arbitraje individual vinculante) del presente Acuerdo permanecerán vigentes a la expiración o resolución del mismo.
22. Arbitraje individual vinculante
Esta disposición de arbitraje no se aplica a los prestatarios militares.
General. Usted y el Banco acuerdan que todas y cada una de las Disputas, excepto aquellas que se resuelvan de manera informal o se presenten ante un tribunal de reclamos menores, serán sometidas a arbitraje por un árbitro neutral que tenga la facultad de otorgar los mismos daños y perjuicios individuales y medidas individuales de reparación que un tribunal pueda conceder. CUALQUIER ARBITRAJE EN VIRTUD DEL PRESENTE ACUERDO SE LLEVARÁ A CABO EXCLUSIVAMENTE DE FORMA INDIVIDUAL; NO SE PERMITEN ARBITRAJES COLECTIVOS, ACCIONES COLECTIVAS, ACCIONES REPRESENTATIVAS NI CONSOLIDACIÓN CON OTROS ARBITRAJES. USTED RENUNCIA A CUALQUIER DERECHO A QUE UN JURADO RESUELVA SU CASO Y A CUALQUIER DERECHO A PARTICIPAR EN UNA ACCIÓN COLECTIVA CONTRA EL BANCO. Ninguna disposición del presente Acuerdo impide que Usted o el Banco resuelvan las Disputas de forma colectiva, representativa o consolidada. Si se determina que alguna disposición de este acuerdo de arbitraje es inaplicable, incluidos los procedimientos de Arbitraje piloto abajo descritos, dicha disposición se separará y los términos restantes del arbitraje se mantendrán vigentes (pero en ningún caso habrá un arbitraje colectivo o representativo).
Usted y el Banco están de acuerdo en que el Banco y la Empresa, sus subsidiarias, afiliadas, agentes, empleados, predecesores, sucesores o cesionarios, así como cualquier usuario autorizado o beneficiario del programa para pedir préstamo, son considerados y tendrán los derechos de terceros beneficiarios de esta sección del presente Acuerdo.
Requisito previo a la presentación de una demanda para intentar resolver disputas. Antes de que se inicie un arbitraje, Usted y el Banco acuerdan intentar evitar los costos de una resolución formal de disputas, dándose mutuamente una oportunidad completa y justa de abordar y resolver una Disputa de manera informal. Ambas partes reconocen que se trata de un requisito importante y que su incumplimiento constituiría un incumplimiento material de las Condiciones. Para brindar esta oportunidad, antes de iniciar cualquier arbitraje, procedimiento en un tribunal de reclamos menores o demanda (cuando lo permitan estas disposiciones de arbitraje), cada parte acuerda enviar a la otra parte un aviso por escrito (“Aviso”) y reunirse personalmente para resolver de manera informal cualquier Disputa. Cualquier Aviso dirigido al Banco debe enviarse por correo certificado a: Square Financial Services, Inc., 3165 East Millrock Drive, Suite 160, Salt Lake City, Utah 84121. Cualquier Aviso que se le envíe se enviará a la información de contacto registrada en su cuenta. El Aviso deberá: (i) incluir su nombre, $cashtag, dirección postal, la dirección de correo electrónico y el número de teléfono asociados a su cuenta; (ii) proporcionar información detallada suficiente para evaluar el fundamento del reclamo individual de la parte reclamante y permitir a la otra parte determinar si es posible una resolución amistosa; (iii) indicar la compensación específica solicitada, incluida una estimación precisa y de buena fe del monto en disputa, expresado en dólares estadounidenses, así como cualquier suma de dinero reclamada y el método utilizado para calcular los daños alegados; y (iv) estar firmado personalmente por Usted o por el Banco, según corresponda. Un Aviso solo es válido cuando se refiere a una parte individual y se presenta en nombre de dicha parte. Todo Aviso presentado en nombre de múltiples partes será inválido respecto de todas ellas. Ambas partes aceptan que intentarán resolver toda Disputa mediante una negociación informal dentro de los sesenta (60) días posteriores a la recepción del Aviso. Por lo tanto, Usted y el Banco aceptan que, antes de que cualquiera de las partes solicite o intente iniciar un arbitraje o un litigio (cuando esté permitido), ambas partes se reunirán y consultarán personalmente, por teléfono o videoconferencia, con el fin de resolver de buena fe y de manera informal cualquier Disputa. Estas conferencias de resolución informal deberán ser individualizadas, de modo que se celebre una conferencia independiente cada vez que cualquiera de las partes tenga la intención de iniciar un arbitraje o litigio individual (cuando esté permitido). Las partes múltiples que inicien reclamos no podrán participar en la misma conferencia de resolución informal, salvo que ambas partes estén de acuerdo. Si Usted cuenta con representación legal, su abogado podrá participar en la conferencia; no obstante, Usted también deberá participar plenamente en ella. La participación en una conferencia de resolución informal constituye un requisito que debe cumplirse antes de iniciar un arbitraje o litigio (cuando esté permitido). Cualquier plazo de prescripción quedará suspendido mientras las partes participen en el proceso de resolución informal exigido por este párrafo.
Una vez transcurrido dicho plazo de sesenta (60) días, y no antes, y una vez celebrada la conferencia de resolución informal, y no antes, cualquiera de las partes podrá optar, mediante un Aviso escrito dirigido a la otra parte conforme a lo descrito anteriormente, por tramitar el asunto ya sea ante un tribunal de reclamos menores o mediante arbitraje. La parte que reciba el Aviso dispondrá entonces de siete (7) días para responder, incluido el derecho a optar porque el caso sea atendido por un tribunal de reclamos menores con jurisdicción. Una vez transcurrido dicho plazo de siete (7) días, y no antes, cualquiera de las partes podrá iniciar un arbitraje si el asunto no se tramita ante un tribunal de reclamos menores con jurisdicción. Usted acepta que el cumplimiento del proceso de resolución informal descrito anteriormente constituye una condición previa para iniciar un arbitraje o presentar un reclamo ante un tribunal de reclamos menores. El incumplimiento de esta condición previa por parte de una de las partes da derecho a la parte contraria a solicitar la desestimación inmediata del arbitraje o del litigio (siempre que esté permitido), así como a solicitar el reembolso de sus costos. Si cualquiera de las partes opta por el tribunal de reclamos menores, la Disputa se resolverá en dicho foro y no mediante arbitraje. Cada una de las partes acepta que los tribunales estatales de la ciudad de Oakland y el condado de Alameda, California, o el tribunal federal del Distrito Norte de California, mencionado a continuación, pueden dictar medidas cautelares para hacer cumplir los requisitos previos a la presentación de una demanda establecidos en este párrafo, incluida una orden judicial para suspender un arbitraje iniciado en contravención de este párrafo. Asimismo, cada parte también acepta que dichos tribunales podrán determinar si un reclamo presentado ante un tribunal de reclamos menores o en arbitraje ha sido previamente liberado.
Alcance del arbitraje. Si Usted y el Banco no logran resolver la Disputa mediante negociación informal o, según se establece a continuación, ante un tribunal de reclamos menores, todas las Disputas se resolverán de manera definitiva y exclusiva mediante arbitraje individual vinculante ante un único árbitro (el “Árbitro”) administrado por la National Arbitration and Mediation (“NAM”) (https://www.namadr.org), de conformidad con las Reglas y procedimientos integrales de la NAM y, cuando corresponda, las Reglas suplementarias de la NAM para presentaciones de arbitraje colectivo (conjuntamente, las “Reglas de la NAM”), y con esta sección 22. En caso de que NAM no esté disponible para administrar el arbitraje, cualquiera de las partes podrá invocar el artículo 9, sección 5 del Código de los Estados Unidos (9 U.S.C. § 5), para solicitar que un tribunal designe al Árbitro. Salvo lo dispuesto anteriormente, y respecto de las Disputas sujetas a la jurisdicción de un tribunal de reclamos menores, el Árbitro será responsable de determinar todas las cuestiones preliminares relativas a la arbitrabilidad, incluidas aquellas relacionadas con si el Acuerdo (o cualquier aspecto de este) es exigible, abusiva o ilusoria, así como cualquier defensa al arbitraje, incluidas la renuncia, la demora, la prescripción negativa o la exclusión.
Tribunal de reclamos menores. Sujetos a los requisitos jurisdiccionales aplicables, cualquiera de las partes podrá optar por resolver una Disputa ante un tribunal local de reclamos menores, en lugar de mediante arbitraje, siempre y cuando la Disputa permanezca en dicho tribunal y se tramite únicamente de manera individual. Si una de las partes ya presentó una solicitud de arbitraje ante el proveedor de servicios de arbitraje, pero aún no se designó un Árbitro, y el reclamo está sujeto a la jurisdicción del tribunal local de reclamos menores de la parte que presenta la solicitud, la otra parte puede enviar un aviso escrito a la parte contraria y al proveedor de arbitraje solicitando que la Disputa sea resuelta por dicho tribunal. Una vez recibido dicho aviso, y siempre que se hayan pagado todas las tarifas pendientes del servicio de arbitraje, el proveedor de arbitraje cerrará administrativamente el caso.
Procedimientos de arbitraje. Se aplica íntegramente la Ley Federal de Arbitraje, 9 U.S.C. §§ 1-16, incluidas sus disposiciones procesales. En la medida en que sea coherente con las Reglas de NAM, el arbitraje se llevará a cabo mediante la presentación de documentos ante el Árbitro. Si el Árbitro determina que es necesaria una audiencia, el arbitraje se realizará de forma remota por teléfono o videoconferencia. En la medida en que se requiera cualquier audiencia de arbitraje presencial, la audiencia de arbitraje será tan cerca de su hogar como sea viable. Usted y el Banco tendrán derecho a presentar mociones anticipadas o sumarias de carácter resolutorio. El laudo arbitral será vinculante para las partes y podrá ejecutarse como sentencia ante cualquier tribunal con jurisdicción competente. El Banco valora su privacidad, especialmente en lo que respecta a sus transacciones y datos financieros. Cada una de las partes deberá mantener la naturaleza confidencial del arbitraje y no divulgará a terceros (sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte) el hecho, la existencia, el contenido, el laudo u otro resultado del arbitraje, salvo cuando sea necesario para ejecutar, presentar o impugnar dicho laudo ante un tribunal con jurisdicción competente, o cuando así lo exija la ley aplicable. Si bien un Árbitro puede otorgar medidas declaratorias o cautelares, solo podrá hacerlo con respecto a la parte individual que solicita la medida y solo en la medida necesaria para proporcionar la asistencia justificada por la reclamación de dicha parte individual. La decisión del Árbitro y la sentencia que se dicte en su consecuencia no tendrán efecto de precedente ni de cosa juzgada respecto de reclamos que involucren a otras partes.
Procedimientos de arbitraje Bellwether. Usted y el Banco aceptan que, si se presentan veinticinco (25) o más solicitudes similares de arbitraje individual en su contra o en contra nuestra, por o con la asistencia del mismo abogado, abogados coordinados o entidades coordinadas (un “Procedimiento colectivo”), las partes seleccionarán doce (12) solicitudes individuales de arbitraje (seis [6] por cada parte) para que continúen en arbitraje (“Arbitrajes Bellwether”). Las Reglas suplementarias de NAM para las Presentaciones de arbitraje colectivo se aplicarán si NAM considera que el reclamo de las partes, a su entera discreción y de conformidad con las Reglas de NAM y la presente Sección 22, forma parte de un Procedimiento colectivo. Mientras se resuelven los Arbitrajes Bellwether, todas las demás solicitudes de arbitraje que formen parte del Procedimiento colectivo quedarán en suspenso y ninguna de las partes será responsable del pago de los honorarios del administrador o del árbitro (salvo los honorarios de presentación/administrativos iniciales del proveedor de arbitraje, así como los honorarios del Árbitro procesal, si corresponde) respecto de dichas solicitudes suspendidas durante el período en que se tramiten los Arbitrajes Bellwether. Cualquier plazo de prescripción aplicable quedará suspendido en lo que respecta a las demandas de arbitraje no Bellwether cuando dichos arbitrajes no Bellwether se mantengan en suspenso. El período de prescripción comenzará cuando el reclamante presente por primera vez el Aviso de su intención de iniciar una conferencia de resolución informal, tal como se describió anteriormente.
Cualquiera de las partes podrá solicitar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación por parte del proveedor de arbitraje de que se han presentado las demandas de arbitraje, que el proveedor de arbitraje designe a un árbitro único de procedimiento (“Árbitro procesal”) para que resuelva las cuestiones preliminares que se planteen en los Arbitrajes Bellwether, incluso si los procedimientos de Arbitraje Bellwether son aplicables o ejecutables, si alguna demanda concreta forma parte de un Procedimiento colectivo y si alguna demanda concreta dentro de un Procedimiento colectivo se ha presentado de conformidad con la presente Sección 22. Las partes acuerdan que el árbitro procesal podrá establecer los procedimientos que sean necesarios para resolver con prontitud dichas cuestiones preliminares. El Banco pagará los costos del Árbitro procesal.
Todas las partes están de acuerdo en que los procedimientos de Arbitraje Bellwether están diseñados como un mecanismo generalmente más rápido, más eficiente y más asequible para resolver un Procedimiento colectivo, incluidos los reclamos de las partes individuales que no son seleccionadas para un Arbitraje Bellwether. Todas las partes colaborarán de buena fe con el Árbitro o Árbitro procesal para concluir cada Arbitraje Bellwether en un plazo de ciento veinte (120) días calendario a partir de la conferencia previa a la audiencia inicial.
Tras la resolución de los Arbitrajes Bellwether, todas las partes acuerdan participar en una mediación de todas las demandas de arbitraje restantes que componen el Procedimiento colectivo (la “Mediación Bellwether”). La Mediación Bellwether será administrada por el proveedor de arbitraje. Si las partes no consiguen resolver las restantes demandas de arbitraje que componen el Procedimiento colectivo dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la Mediación Bellwether, estas serán administradas por el proveedor de arbitraje de forma individual de conformidad con el reglamento del proveedor de arbitraje y la presente Sección 22, salvo que ambas partes acepten lo contrario por escrito.
Todas las partes aceptan cooperar de buena fe con el proveedor de arbitraje para implementar los procedimientos de Arbitraje Bellwether, incluso el diferimiento de cualquier costo relacionado con los procedimientos colectivos de Arbitraje no Bellwether hasta que concluyan los Arbitrajes Bellwether y la Mediación Bellwether posterior, así como cooperar en cualquier medida que minimice el tiempo y los costos del arbitraje, lo cual podría incluir el nombramiento de un perito especial en descubrimiento para asistir al árbitro en la resolución de reclamos de descubrimiento y en la adopción de un calendario acelerado de los procedimientos de arbitraje.
Estos procedimientos de arbitraje Bellwether no se interpretarán en modo alguno en el sentido de que autorizan una acción colectiva o en masa de ningún tipo, ni un arbitraje que implique reclamos conjuntos o consolidados bajo ninguna circunstancia, salvo lo dispuesto expresamente en esta Sección 22.
Comisiones del arbitraje. De conformidad con las Reglas de NAM, la parte que inicie el arbitraje (ya sea usted o nosotros) será responsable de pagar la comisión de presentación correspondiente. A los efectos de esta disposición de arbitraje, las referencias a usted y el Banco también incluyen a las respectivas filiales, afiliadas, agentes, empleados, predecesores, sucesores y cesionarios de cada parte, así como a los usuarios autorizados o beneficiarios de los Servicios.
Exclusión voluntaria. Usted puede rechazar esta disposición, en cuyo caso solo se podrá recurrir a un tribunal para resolver cualquier Disputa. Para rechazar este acuerdo, debe enviarnos un aviso de exclusión voluntaria (la “Exclusión voluntaria”) en un plazo de treinta (30) días después de que obtenga un préstamo o de que el Banco le proporcione por primera vez el derecho a rechazar esta disposición. La Exclusión debe enviarse por correo a: Square Financial Services, Inc., 3165 East Millrock Drive, Suite 160, Salt Lake City, Utah 8412. Para su comodidad, le proporcionamos un formulario de aviso de exclusión voluntaria que debe completar para rechazar esta disposición. Debe completar este formulario con su nombre, $cashtag, dirección, número de teléfono y la(s) dirección(es) de correo electrónico que utilizó para registrarse para el préstamo, así como el número del préstamo del cual desea rechazar esta disposición. Esta es la única forma de rechazar esta disposición. El rechazo de esta disposición no afectará a ningún otro aspecto del Acuerdo o de su préstamo. Una Exclusión voluntaria que pretenda excluir a varias partes no será válida para ninguna de ellas. Ninguna parte a título individual (ni su agente, representante o grupo de agentes o representantes) podrá efectuar una Exclusión voluntaria en nombre de otras partes a título individual.
Procedimientos judiciales. Sujeto a este Acuerdo de arbitraje y sin renuncia al mismo, usted acepta que cualquier procedimiento judicial (excepto los reclamos de menor cuantía mencionados arriba) se llevará a cabo en los tribunales estatales de la ciudad de Oakland y el condado de Alameda, California, o en el tribunal federal del Distrito Norte de California, y por la presente acepta la jurisdicción y competencia exclusivas de dichos tribunales.
23. Declaración de la tasa de porcentaje anual militar:
La ley federal proporciona importantes protecciones a los miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y a sus dependientes en relación con las extensiones de crédito al consumidor. En general, el costo del crédito al consumidor para un miembro de las Fuerzas Armadas y sus dependientes no puede exceder una tasa de porcentaje anual del 36 por ciento. Esta tasa debe incluir, según corresponda a la transacción o cuenta de crédito: (1) los costos asociados con las primas del seguro de crédito; (2) las comisiones por productos auxiliares vendidos en relación con la transacción de crédito; (3) cualquier comisión de solicitud que se haya cobrado (salvo ciertas comisiones de solicitudes para transacciones o cuentas de crédito específicas); y (4) cualquier comisión por participación que se haya cobrado (salvo ciertas comisiones de participación para una cuenta de tarjeta de crédito). Si desea escuchar por teléfono estos avisos legales e información sobre su obligación de pago, llame al siguiente número gratuito: (855) 949-7782.
24. Avisos estatales
Para residentes de KANSAS:
AVISO AL CONSUMIDOR: 1. No firme este Acuerdo antes de leerlo. 2. Tiene derecho a recibir una copia de este Acuerdo. 3. En cualquier momento puede pagar por adelantado el saldo pendiente sin penalización.
Para residentes de MASSACHUSETTS: La ley de Massachusetts prohíbe la discriminación basada en el estado civil o la orientación sexual.
Para residentes de MISURI y NEBRASKA: Los acuerdos o compromisos verbales para prestar dinero, conceder crédito o abstenerse de exigir el pago de una deuda, incluidas las promesas de ampliar o renovar dicha deuda, no son exigibles. Para protegerle a Usted (el o los prestatarios) y al Banco (el acreedor) de malentendidos o decepciones, todo acuerdo que alcancemos que cubra dichos asuntos está contenido en este escrito, que es la declaración completa y exclusiva del acuerdo entre Usted y el Banco, salvo que Usted y el Banco lleguen posteriormente a un acuerdo por escrito para modificarlo.
Para residentes de NUEVA JERSEY: Los encabezados de las secciones del presente Acuerdo son un índice y no términos contractuales. Debido a que ciertas disposiciones de este Acuerdo están sujetas a la ley aplicable, pueden ser nulas, inaplicables o no ejecutables en algunas jurisdicciones. Sin embargo, ninguna de estas disposiciones es nula, inaplicable o no ejecutable en Nueva Jersey.
Para residentes de OHIO: Las leyes de Ohio contra la discriminación exigen que todos los acreedores hagan que los créditos estén disponibles de igual manera para todos los clientes solventes y que las agencias de información crediticia mantengan historiales de créditos separados para cada persona cuando se solicite. La Comisión de derechos civiles de Ohio administra el cumplimiento de esta ley.
Para residentes de WASHINGTON: Los acuerdos o compromisos verbales para prestar dinero, conceder crédito o abstenerse de exigir el pgo de una deuda no son exigibles según la legislación de Washington.
Para residentes de UTAH: De conformidad con la ley de Utah, por la presente le informamos que, si no cumple con los términos de su registro de crédito, se enviará a una agencia de informes crediticios un informe negativo que reflejará su historial de crédito.
El presente Acuerdo constituye la expresión definitiva del acuerdo entre Usted y el Banco y no podrá ser objeto de contradicción en virtud de pruebas de un supuesto acuerdo verbal.
Para residentes casados de WISCONSIN: Ninguna disposición de ningún acuerdo de propiedad matrimonial, declaración unilateral o sentencia judicial afectará de manera negativa nuestros derechos, a menos que usted entregue al Banco una copia de dicho acuerdo, declaración o sentencia judicial antes de que el Banco le conceda el crédito, o que el Banco tenga conocimiento efectivo de la disposición adversa. Todas las obligaciones derivadas del presente Acuerdo se contraerán en interés de su matrimonio o familia. Usted entiende que el Banco podría estar en la obligación de notificar a su cónyuge acerca del presente Acuerdo. Los residentes casados de Wisconsin deben proporcionar el nombre y la dirección de correo electrónico de su cónyuge a: Square Financial Services, Inc. a través del servicio de Atención al Cliente de Cash App, al que se accede haciendo clic en su perfil en Cash App y luego en “Atención al cliente” y siguiendo las indicaciones de la aplicación.
El presente Acuerdo constituye la expresión definitiva del acuerdo entre Usted y el Banco y no podrá ser objeto de contradicción en virtud de pruebas de un supuesto acuerdo verbal.
Al hacer clic en “Pedir un préstamo al instante”, usted firma y acepta los términos del presente acuerdo, y reconoce haber recibido una copia completa del mismo.
Ejecutado mediante firma electrónica en la Fecha de ejecución.