Acuerdo de préstamo de pago en línea de Cash App Afterpay
Última actualización: 11 de junio de 2026
Condiciones del Acuerdo
El presente Acuerdo de préstamo de Cash App Afterpay (el “Acuerdo”) incluye el Calendario de pagos final que se envía después de completar su compra al comercio e incluye la cuota inicial efectiva, los montos de las cuotas y las fechas de vencimiento. El Calendario de pagos final sustituirá y reemplazará al Calendario de pagos.
El uso de las palabras “usted” y “su” en todo este Acuerdo se refiere al prestatario mencionado, y las palabras “nosotros”, “nos” y “nuestro” se refieren al Originador mencionado o sus cesionarios. El “Proceso de pago en línea de Cash App Afterpay” permite a los clientes de Cash App optar por pagar en cuotas durante el proceso de pago de la compra en línea, utilizando su cuenta de Cash App. “Cash App” es una plataforma financiera que incluye aplicaciones móviles, sitios web, software, soluciones basadas en la nube y otros productos y servicios ofrecidos por Block, Inc. Podríamos contratar proveedores de servicios para que realicen en nuestro nombre cualquier acción autorizada o contemplada en el presente Acuerdo. Cualquier autorización o permiso que usted nos otorgue en el presente Acuerdo (o en relación con su préstamo) se extenderá y cubrirá a cualquier proveedor de servicios que actúe en nuestro nombre o siguiendo nuestras instrucciones. Sin limitar la generalidad de lo anterior, usted autoriza expresamente a Block, Inc., cuando actúe como nuestro proveedor de servicios, a tomar cualquier medida autorizada o contemplada en el presente Acuerdo, independientemente de si dichas medidas están autorizadas o contempladas en las Condiciones de servicio de Cash App celebradas entre usted y Block, Inc. Como condición para el desembolso de los fondos en virtud del presente Acuerdo, usted acepta pagar una cuota inicial equivalente a una parte del importe final de la compra confirmada por el comercio identificado, que deberá pagarse antes del desembolso de los fondos que se describen a continuación.
PROMESA DE PAGO: El Acuerdo rige su obligación de pago a nosotros con respecto a los fondos que desembolsamos bajo sus instrucciones y en su nombre a un comercio aprobado para adquirir ciertos bienes o servicios que usted haya seleccionado. Usted se compromete a pagar la suma de su cuota inicial y de los demás montos de pago en virtud del presente Acuerdo en las fechas y de acuerdo con los montos que se muestran como “Cuota inicial” y “Calendario de pagos restantes” (en conjunto, su “Calendario de pagos”), que podrá ser revisado por el Calendario de pagos final, incluyendo todos los impuestos y comisiones cobrados por el comercio, más cualquier cargo por pago atrasado, hasta que se haya pagado la totalidad. Usted entiende que los montos reales y las fechas de vencimiento de su “Cuota inicial” y los pagos de su “Calendario de pagos restantes” se le proporcionarán electrónicamente como complemento del presente Acuerdo (el “Calendario de pagos final”).
NO HAY CARGOS FINANCIEROS NI PAGOS DE INTERESES ASOCIADOS CON ESTE ACUERDO.
Tenga en cuenta que la Sección 10 del presente Acuerdo incluye disposiciones que rigen cómo se resuelven los reclamos que puedan existir entre usted y nosotros. Estas disposiciones limitan nuestra responsabilidad y podrían requerir arbitraje para resolver un reclamo que usted interponga contra nosotros. Este Acuerdo incluye términos importantes relativos a sus derechos en materia de comisiones, resolución de reclamos y legislación aplicable.
Como requisito previo para celebrar este Acuerdo, debe haber aceptado las Condiciones de servicio de Cash App con Block, Inc. En caso de conflicto con las Condiciones de servicio de Cash App (disponibles en https://cash.app/legal/us/en-us/tos) o el Aviso de privacidad de Cash App (disponible en https://cash.app/legal/us/en-us/privacy) o el Aviso de privacidad de Afterpay (disponible en https://www.afterpay.com/en-us/privacy-policy), este Acuerdo prevalecerá en lo relativo a las disposiciones en conflicto.
1. Uso de los fondos y autorización de desembolso
Al aceptar electrónicamente el presente Acuerdo y completar una compra, usted se compromete a pagarnos el monto del pago inicial, y nosotros nos comprometemos a desembolsar los fondos conforme a este Acuerdo al comercio indicado. Usted se compromete a pagarnos los montos indicados en su Calendario de pagos final, que se le proporcionará electrónicamente como parte del presente Acuerdo, el cual incluirá cualquier importe agregado por usted, además del precio de los bienes o servicios adquiridos. Asimismo, se compromete a pagar cualquier cargo por pago atrasado aplicable (según se define más adelante) en el que incurra en virtud del presente Acuerdo. Tenga en cuenta que, al celebrar el presente Acuerdo, usted incurre en una obligación personal de pago por bienes o servicios para su uso personal.
2. Pagos a cuotas
Cuando usted acepta el presente Acuerdo y realiza una compra, la forma de pago (“Forma de pago”) será su Saldo de Cash App o el instrumento o instrumentos financieros asociados a su cuenta de Cash App (incluida, sin limitación, la tarjeta de débito elegible asociada a su cuenta de Cash App). Además de cualquier pago inicial requerido, deberá realizar tres (3) o cuatro (4) pagos (cada uno, un “Pago a cuotas”) por los montos que se muestran en el “Calendario de pagos restantes” en su Calendario de pagos final. Usted es responsable de garantizar que dispone de fondos suficientes para efectuar los Pagos a cuotas en las fechas especificadas en su Calendario de pagos final.
Ciertos comercios ofrecen un servicio que le permite iniciar sesión con su cuenta de Cash App automáticamente cuando ya ha iniciado sesión en el sitio web del comercio de forma segura (un “Comercio vinculado”). Esto le permite utilizar Afterpay junto con su cuenta de Cash App como forma de pago guardada, sin necesidad de iniciar sesión manualmente a través de un método de autenticación distinto al de la página web del comercio. Cuando guarda Afterpay en relación con su cuenta de Cash App como forma de pago con un comercio específico, acepta que el comercio puede utilizar Afterpay para autorizar por adelantado el pago de futuras transacciones, de forma puntual, esporádica o recurrente. Al vincular un comercio a Afterpay en relación con su cuenta de Cash App, usted reconoce que cada solicitud permite al comercio iniciar nuevos préstamos Paga en 4 cuotas en su nombre para futuras compras y autoriza la creación de estos préstamos. Cada vez que un comercio nos envíe una solicitud de pago, Cash App le enviará un correo electrónico indicando el importe total de su compra y el calendario de pago. Usted puede revisar o desasociar Afterpay en relación con su cuenta de Cash App con respecto a un comercio vinculado dentro de la aplicación Cash App en cualquier momento.
Los bienes o servicios que puede comprar utilizando Afterpay en relación con su cuenta de Cash App pueden incluir acuerdos en virtud de los cuales deba efectuar pagos periódicos a un comercio de forma continua. Esto puede incluir, por ejemplo, una comisión mensual periódica de afiliación o suscripción, como una membresía mensual. Un comercio, Cash App o Afterpay pueden describir dichos pagos como suscripciones, comisiones de afiliación, acuerdos de facturación u otros términos similares (colectivamente, un “Servicio de suscripción”). Puede utilizar Afterpay en relación con su cuenta de Cash App con los comercios participantes para realizar cada pago periódico adeudado (un “Pago de suscripción”) en virtud de un Servicio de suscripción a través de un único pago inicial más tres o cuatro pagos a cuotas.
Todo Pago de suscripción que realicemos en su nombre al comercio participante por un Servicio de suscripción es una obligación independiente que usted tiene con Afterpay. Siempre que se adeude un Pago de suscripción al comercio, usted autoriza e instruye a Afterpay para que pague al comercio con su Forma de pago a través de su cuenta de Cash App. Le proporcionaremos un Calendario de pagos final independiente para cada período de facturación.
Si desea cancelar algún producto o servicio ofrecido por un comercio que esté estructurado como un Servicio de suscripción, usted tendrá la responsabilidad de comunicarse directamente con el comercio para cancelar el servicio de acuerdo con las políticas de este. Además, deberá desasociar al comercio de sus Negocios vinculados en su Cash App. Además, deberá desasociar al comercio de sus Negocios vinculados en su Cash App.
Usted acepta que podemos basarnos en la información proporcionada por el comercio para establecer si se le debe realizar un Pago de suscripción. Si realizamos un Pago de suscripción en su nombre antes de que usted cancele de acuerdo con las políticas del comercio, o antes de que el comercio nos notifique su cancelación con tiempo suficiente para que podamos actuar de manera razonable al respecto, usted acepta que sigue teniendo la obligación de pagar la cuota inicial y cada una de las Cuotas de pago correspondientes al Pago de suscripción realizado en su nombre. Asimismo, usted es responsable de cualquier monto pendiente u obligación que el comercio le imponga como resultado de su cancelación de los pagos recurrentes.
En caso de que usted pague en su totalidad todas las cuotas de pago en las fechas de vencimiento, su pago final se realizará en la fecha de vencimiento indicada en el calendario de pagos final. Usted podrá pagar por adelantado la totalidad o parte de los montos adeudados en virtud del presente Contrato en cualquier momento y sin penalización alguna, así como efectuar cualquier pago anticipado, total o parcial, sin penalización ni prima alguna en cualquier momento.
La forma de pago que seleccione y cualquier autorización necesaria no afectarán su obligación de pagar a su vencimiento todos los montos adeudados en virtud del presente Contrato. La autorización anterior se suma a, y no limita, los derechos de compensación que podamos tener en virtud de la ley aplicable.
3. Pagos tardíos
NO HAY CARGOS FINANCIEROS NI PAGOS DE INTERESES ASOCIADOS CON ESTE CONTRATO. No obstante, si una Cuota de pago no se paga en la fecha de vencimiento especificada en el Calendario de pagos final o antes de dicha fecha y permanece sin pagarse durante un período de 10 (diez) días posteriores a la fecha de vencimiento (o cualquier período de gracia adicional que exija la legislación aplicable), se aplicará el cargo por pago tardío indicado en el Calendario de pagos final (si lo hubiera) (“Cargos por pago tardío”) hasta un máximo de $8.00, que en ningún caso superará el cargo por pago tardío máximo permitido por la legislación estatal aplicable. Además, la suma total de los Cargos por pago tardío asociados a un pedido concreto no superará el 25 % del valor del pedido en el momento de la compra. Por lo tanto, las compras de menor valor pueden estar sujetas a menos Cargos por pago tardío o a cargos más bajos en caso de que se retrasen los pagos. Usted se compromete a pagar todos los Cargos por pago tardío, así como los impuestos correspondientes.
4. Morosidad e incumplimiento
Si no realiza algún pago a su vencimiento en la forma exigida por el presente Contrato, incurrirá en mora. Si incurre en mora, ha presentado o se ha iniciado contra usted un proceso de quiebra o insolvencia o incumple cualquier otra condición importante del presente Contrato, podremos, en la medida y en el momento en que lo permita la ley aplicable, considerar que está en incumplimiento y anticipar el vencimiento del presente Contrato y todos los pagos adeudados en virtud del mismo o ejercer cualquier otro derecho disponible para nosotros en virtud de la ley aplicable. En caso de que no realice alguno de los pagos exigidos en virtud del presente Contrato, nos reservamos el derecho de limitar, restringir, suspender o poner fin a su acceso a su capacidad de usar Afterpay en su cuenta de Cash App.
5. Aprobación y cancelación
Todas las solicitudes de crédito están sujetas a nuestra aprobación final. Nosotros podemos, a nuestra entera discreción, rechazar su solicitud o cancelar una solicitud aprobada antes de que se entreguen o suministren los bienes o servicios. Si cancelamos su solicitud previamente aprobada:
(a) Le reembolsaremos íntegramente cualquier monto que haya pagado (excluyendo cualquier contracargo o comisión incurrida en relación con su pago) y cancelaremos cualquier pago futuro relacionado con ese pedido;
(b) El comercio que suministra la mercancía no estará obligado a entregar los productos (ni a prestar ningún servicio relacionado); y
(c) Usted no tendrá ninguna obligación de seguir pagándonos ni de mantener ninguna otra relación con nosotros con respecto a su solicitud.
Usted acepta y autoriza que podemos hacer cualquier consulta para evaluar su elegibilidad para utilizar los servicios, incluidos los de terceros. Usted acepta que podemos hacer cualquier consulta que consideremos necesaria a fin de evaluar su elegibilidad para utilizar los servicios, incluidos los de terceros. Esto incluye su consentimiento para que obtengamos uno o más informes de crédito u otros informes de consumo de agencias de informes de consumo que utilizaremos para determinar su elegibilidad para un préstamo de Cash App Afterpay, revisar y administrar su cuenta de Cash App, comercializar productos o servicios para usted y para otros fines permitidos por la Ley de informes de crédito justos.
6. Reembolsos de mercancías y otros ajustes posteriores al desembolso de fondos
La tramitación de los reembolsos y de cualquier cambio o modificación de la mercancía está sujeta a la discreción del comercio al que usted nos haya indicado que desembolsemos los fondos en virtud del presente Acuerdo. No podemos anular las políticas de devolución, reembolso y cambio del comercio. Si usted decide devolver los productos adquiridos utilizando los fondos que hemos desembolsado en virtud del presente Contrato y solicita un reembolso, o bien si la ley acepta o permite de otro modo una devolución y un reembolso, usted seguirá teniendo la obligación de efectuar todos los pagos pendientes en virtud del presente Contrato a su vencimiento. No obstante, en el caso de cualquier monto que un comercio nos devuelva directamente en relación con dicha mercancía devuelta o cambiada, retendremos dicho monto y reflejaremos un crédito equivalente para reducir su obligación pendiente con nosotros en virtud del presente Acuerdo o, cuando proceda, le reembolsaremos cualquier monto ya pagado. En caso de reembolso parcial, el crédito se aplicará primero a su último pago. Si, por cualquier motivo, no podemos aplicar un reembolso al pedido al que corresponde, podemos, a nuestra discreción, aplicar el reembolso a su Forma de pago. Usted seguirá teniendo la obligación de efectuar los pagos pendientes a su vencimiento.
7. Transferencias o cesiones
Podemos transferir, ceder o vender el presente Contrato, y cualquier derecho en virtud del presente Contrato, a un tercero sin su consentimiento. Usted acepta que podemos designar a agencias de cobro terceras para que cobren cualquier monto que se nos adeude en virtud del presente Contrato sin su consentimiento. Usted renuncia a la demanda, aviso de impago, protesta y cualquier otro aviso o demanda, y consiente que, sin previo aviso y sin eximir de responsabilidad a ninguna de las partes, las obligaciones evidenciadas por el presente Acuerdo puedan ser renovadas, ampliadas, modificadas, aceleradas, comprometidas, liquidadas, canceladas o liberadas por nosotros en cualquier momento, total o parcialmente.
Usted acepta que nosotros, al actuar en su nombre como agente, mantendremos un registro con el fin de anotar el monto de su saldo de préstamo y el propietario actual o futuro de su préstamo (incluidos cualquier cesionario, partícipe o beneficiario, de haberlo, que se convierta en el propietario posterior de cualquier parte de su saldo de préstamo) (el “Registro”). Las partes acuerdan que la entidad cuyo nombre está inscrito en el Registro como propietario actual de su saldo de préstamo es tratada como el propietario de su saldo de préstamo. El Registro debe ser actualizado para que se produzca y sea efectiva cualquier transferencia de propiedad de su saldo de préstamo.
8. Quejas
Si tiene alguna queja con nosotros derivada del presente Acuerdo o relacionada con el mismo, debe comunicarse con el servicio de Atención al cliente de Cash App, al que puede acceder haciendo clic en su perfil en Cash App y luego en “Atención al cliente” y siguiendo las indicaciones de la aplicación. Si la queja se deriva de la entrega o la calidad de los productos que haya comprado, debe comunicarse con el comercio utilizando los datos publicados en el sitio web del comercio. Podemos solicitarle documentación adicional para ayudarnos a resolver cualquier queja y, sujeto a la legislación aplicable, debe proporcionarnos toda la asistencia razonable para facilitarnos la resolución de todas las quejas.
9. Qué hacer si encuentra un error en su estado de cuenta de Cash App Afterpay
Si considera que existe un error en su estado de cuenta o si tiene preguntas sobre su cuenta, puede:
Comunicarse con nosotros a través de su cuenta de Cash App en la aplicación. Contáctenos lo antes posible después de que el error aparezca en su estado de cuenta. Debe contactarnos en un plazo de 120 días después de que el error aparezca en su estado de cuenta. Para que podamos investigar su reclamo, es necesario que nos facilite:
Información de la cuenta: Su nombre y número de cuenta.
Monto en dólares: El monto en dólares del presunto error.
Descripción del problema: Si cree que existe un error en su factura, describa lo que cree que está mal y por qué cree que es un error.
Mientras investigamos si ha habido o no un error, lo siguiente es cierto:
No podemos tratar de cobrar el monto en cuestión ni reportarle en estado de morosidad por ese monto.
El cargo en cuestión podría permanecer en su estado de cuenta y podríamos continuar cobrándole intereses sobre ese monto. Pero, si determinamos que cometimos un error, no tendrá que pagar el monto en cuestión ni ningún interés u otras comisiones relacionadas con dicho monto.
Aunque no tenga que pagar el monto en cuestión, será responsable del saldo remanente.
Podemos aplicar cualquier cantidad impaga contra su límite de crédito.
Sus derechos si no está satisfecho con sus compras de Cash App Afterpay
Si no está satisfecho con los productos o servicios que haya comprado con Cash App Afterpay, y ha intentado de buena fe corregir el problema con el comercio, puede tener derecho a no pagar el monto restante de la compra.
Para ejercer este derecho, deben cumplirse todos los requisitos siguientes:
La compra debe haberse realizado en su estado de residencia o a menos de 100 millas de su dirección postal actual, y el precio de compra debe haber sido superior a $50. (Nota: Ninguna de estas condiciones será necesaria si su compra se basó en un anuncio que le enviamos por correo o si somos propietarios de la empresa que le vendió los bienes o servicios).
Debe haber utilizado Cash App Afterpay para realizar la compra. Las compras efectuadas con adelanto en efectivo en un cajero automático o mediante un cheque que acceda a su cuenta de tarjeta de crédito no reúnen los requisitos.
No debe haber pagado aún la totalidad de la compra.
Si se cumplen todos los criterios anteriores y sigue insatisfecho con la compra, comuníquese con nosotros por escrito o por medios electrónicos, tal como se describe anteriormente en la sección titulada “Qué hacer si encuentra un error en su estado de cuenta de Cash App Afterpay”.
Mientras investigamos, se aplicarán al importe en disputa las mismas normas indicadas anteriormente. Una vez finalizada nuestra investigación, le comunicaremos nuestra decisión. En ese momento, si determinamos que adeuda un importe y no lo paga, podremos reportarlo como moroso.
10.Acuerdo de arbitraje
(a) ESTA SECCIÓN CONTIENE UNA CLÁUSULA DE ARBITRAJE VINCULANTE Y UNA RENUNCIA A DEMANDAS COLECTIVAS Y AL JUICIO CON JURADO. AMBAS AFECTAN LOS DERECHOS DE CADA PARTE EN RELACIÓN CON LA RESOLUCIÓN DE CUALQUIER RECLAMO (SEGÚN SE DEFINE MÁS ADELANTE) ENTRE LAS PARTES. Esta sección (el presente “acuerdo de arbitraje”) se aplica a los reclamos generales (los “Reclamos”) entre usted y nosotros, definidos como cualquier reclamo, controversia o conflicto entre usted y nosotros, nuestros procesadores, proveedores o licenciantes (o sus respectivos afiliados, agentes, directores o empleados), ya sea que surja antes o durante el período de vigencia del presente Acuerdo, e incluye cualquier reclamo, controversia o conflicto basado en cualquier conducta suya o nuestra que se haya producido antes de la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo, incluido cualquier reclamo relacionado de cualquier manera con el presente Acuerdo o con cualquier otro aspecto de nuestra relación.
(b) Usted y nosotros acordamos que todos y cada uno de los Reclamos, excepto aquellos que se resuelvan de manera informal o se presenten ante un tribunal de reclamos menores, serán sometidos a arbitraje individual por un árbitro neutral que tenga la facultad de otorgar los mismos daños y perjuicios individuales y medidas individuales de reparación que un tribunal pueda conceder. CUALQUIER ARBITRAJE EN VIRTUD DE ESTAS CONDICIONES SE LLEVARÁ A CABO ÚNICAMENTE DE FORMA INDIVIDUAL; NO SE PERMITEN ARBITRAJES COLECTIVOS, DEMANDAS COLECTIVAS, ACCIONES REPRESENTATIVAS, ACCIONES MASIVAS NI LA CONSOLIDACIÓN CON OTROS ARBITRAJES. USTED RENUNCIA A CUALQUIER DERECHO A QUE UN JURADO RESUELVA SU CASO Y A CUALQUIER DERECHO A PARTICIPAR EN UNA ACCIÓN COLECTIVA CONTRA NOSOTROS. Ninguna disposición del presente Acuerdo impide que usted o nosotros resolvamos los Reclamos de forma colectiva, representativa o consolidada. Si alguna de las condiciones del presente Acuerdo de arbitraje de la Sección 10 resultara inaplicable, incluidos los procedimientos de Arbitraje Bellwether que se describen a continuación; dicha condición se eliminará y las condiciones restantes se harán cumplir (pero en ningún caso se llevará a cabo un arbitraje colectivo, consolidado, masivo o representativo).
(c) Antes de que se inicie un arbitraje, usted y nosotros acordamos intentar evitar los costos de una resolución formal de reclamos dándonos mutuamente una oportunidad completa y justa de abordar y resolver un Reclamo de manera informal. Tanto usted como nosotros reconocemos que este es un requisito importante cuyo incumplimiento sería una infracción material del presente Acuerdo. Para brindar esta oportunidad, antes de iniciar cualquier arbitraje, procedimiento en un tribunal de reclamos menores o demanda (cuando lo permita este Acuerdo de arbitraje), cada parte acepta enviar a la otra un aviso por escrito (“Aviso”) y reunirse en persona para intentar resolver juntos cualquier Reclamo de manera informal. Cualquier Aviso dirigido a la Empresa debe enviarse por correo postal a Block, Inc., 1955 Broadway, Suite 600, Oakland, CA 94612, a la atención de: Arbitration Agreement. Cualquier Aviso dirigido a usted se enviará por correo postal a la dirección registrada en su cuenta. El Aviso deberá: (i) incluir su nombre, dirección postal, dirección de correo electrónico y el número de teléfono asociado a su cuenta; (ii) proporcionar información detallada suficiente para evaluar el fundamento del reclamo individual de la parte reclamante y permitir a la otra parte determinar si es posible una resolución amistosa; (iii) indicar la compensación específica solicitada, incluida una estimación precisa y de buena fe del monto en disputa, expresado en dólares estadounidenses, así como cualquier suma de dinero reclamada y el método utilizado para calcular los daños alegados; y (iv) estar firmado personalmente por usted o por nosotros, según corresponda. Un Aviso solo es válido cuando se refiere a una parte individual y se presenta en nombre de dicha parte. Todo Aviso presentado en nombre de múltiples partes será inválido respecto de todas ellas. Tanto usted como nosotros acordamos que se intentará resolver todo Reclamo mediante una negociación informal dentro de los sesenta (60) días posteriores a la recepción del Aviso. Por lo tanto, usted y nosotros aceptamos que, antes de que cualquiera de las partes solicite o intente iniciar un arbitraje o un litigio (cuando esté permitido), ambas partes se reunirán y consultarán personalmente, por teléfono o videoconferencia, con el fin de resolver de buena fe y de manera informal cualquier Reclamo. Estas conferencias de resolución informal deberán ser individualizadas, de modo que se celebre una conferencia aparte cada vez que cualquiera de las partes tenga la intención de iniciar un arbitraje o litigio individual (cuando se permita). Las partes múltiples que inicien reclamos no podrán participar en la misma conferencia de resolución informal, salvo que ambas partes estén de acuerdo. Si usted cuenta con representación legal, su abogado podrá participar en la conferencia; no obstante, usted también deberá participar plenamente en ella. Participar en una conferencia de resolución informal constituye un requisito que debe cumplirse antes de iniciar un arbitraje o litigio (cuando se permita). Cualquier plazo de prescripción quedará suspendido mientras las partes participen en el proceso de resolución informal exigido por este párrafo.
(d) Una vez transcurrido dicho plazo de sesenta (60) días, y no antes, y una vez celebrada la conferencia de resolución informal, y no antes, cualquiera de las partes podrá optar, mediante un Aviso escrito dirigido a la otra parte conforme a lo descrito anteriormente, por tramitar el asunto, ya sea ante un tribunal de reclamos menores o mediante arbitraje. La parte que reciba el Aviso dispondrá entonces de siete (7) días para responder, incluido el derecho a optar porque el caso sea atendido por un tribunal de reclamos menores con jurisdicción. Una vez transcurrido dicho plazo de siete (7) días, y no antes, cualquiera de las partes podrá iniciar un arbitraje si el asunto no se tramita ante un tribunal de reclamos menores con jurisdicción. Usted acepta que el cumplimiento del proceso de resolución informal descrito anteriormente constituye una condición previa para iniciar un arbitraje o presentar un reclamo ante un tribunal de reclamos menores. El incumplimiento de esta condición previa por parte de una de las partes da derecho a la parte contraria a solicitar la desestimación inmediata del arbitraje o del litigio (siempre que se permita), así como a solicitar el reembolso de sus costos. Si cualquiera de las partes opta por un tribunal de reclamos menores, la Disputa se resolverá en dicho foro y no mediante arbitraje. Cada una de las partes acepta que los tribunales estatales de la ciudad de Oakland y el condado de Alameda, California, o el tribunal federal del Distrito Norte de California, mencionados a continuación, pueden dictar medidas cautelares para hacer cumplir los requisitos previos a la presentación de una demanda que se establecen en este párrafo, incluida una orden judicial para suspender un arbitraje iniciado en contravención de este párrafo. Cada parte también acepta que los tribunales estatales de la ciudad de Oakland y el condado de Alameda, California, o el tribunal federal del Distrito Norte de California, podrían determinar si un reclamo presentado ante un tribunal de reclamos menores o en arbitraje se ha liberado previamente.
(e) Alcance del arbitraje. Si no logramos resolver el Reclamo mediante negociación informal o, según se establece a continuación, ante un tribunal de reclamos menores, todos los Reclamos se resolverán de manera definitiva y exclusiva mediante arbitraje individual vinculante ante un único árbitro (el “Árbitro”) administrado por National Arbitration and Mediation (“NAM”) (https://www.namadr.org), de conformidad con las Reglas y procedimientos integrales de NAM y, cuando corresponda, las Reglas suplementarias de NAM para presentaciones de arbitraje colectivo (conjuntamente, las “Reglas de NAM”), y con esta Sección. En caso de que NAM no esté disponible para administrar el arbitraje, cualquiera de las partes podrá invocar el artículo 9, sección 5 del Código de los Estados Unidos (9 U.S.C. § 5), para solicitar que un tribunal designe al Árbitro. Salvo lo dispuesto anteriormente, y respecto de las Disputas sujetas a la jurisdicción de un tribunal de reclamos menores, el Árbitro será responsable de determinar todas las cuestiones preliminares relativas a la arbitrabilidad, incluidas aquellas relacionadas con si las Condiciones de Cash App (o cualquier aspecto de estas) son exigibles, abusivas o ilusorias, así como cualquier defensa al arbitraje, incluidas la renuncia, la demora, la prescripción negativa o la exclusión.
(f) Tribunal de reclamos menores. Sujetos a los requisitos jurisdiccionales aplicables, cualquiera de las partes podrá optar por resolver un Reclamo ante un tribunal local de reclamos menores, en lugar de mediante arbitraje, siempre y cuando el Reclamo permanezca en dicho tribunal y se tramite únicamente de manera individual. Si una de las partes ya presentó una solicitud de arbitraje ante el proveedor de arbitraje, pero aún no se designó un Árbitro, y el reclamo está sujeto a la jurisdicción del tribunal local de reclamos menores de la parte que presenta la solicitud, la otra parte podrá enviar un aviso escrito a la parte contraria y al proveedor de arbitraje solicitando que el Reclamo sea resuelto por dicho tribunal. Una vez recibido dicho aviso, y siempre que se hayan pagado todas las tarifas pendientes del servicio de arbitraje, el proveedor de arbitraje cerrará el caso de manera administrativa.
(g) Procedimientos de arbitraje. Se aplica en su integridad la Ley Federal de Arbitraje, artículos 1 al 16, sección 9 del Código de los Estados Unidos (9 U.S.C. §§ 1-16), incluidas sus disposiciones procesales. En la medida en que sea coherente con las Reglas de NAM, el arbitraje se llevará a cabo mediante la presentación de documentos ante un Árbitro. Si el Árbitro determina que es necesaria una audiencia, el arbitraje se realizará de forma remota por teléfono o videoconferencia. Si el Árbitro determina que es necesaria una audiencia presencial, esta se celebrará lo más cerca posible de su lugar de residencia. Usted y la Empresa tendrán derecho a presentar mociones anticipadas o sumarias de carácter resolutorio. El laudo arbitral será vinculante para las partes y podrá ejecutarse como sentencia ante cualquier tribunal con jurisdicción competente. Valoramos su privacidad, especialmente en lo que respecta a sus transacciones y datos financieros. Cada una de las partes deberá mantener la naturaleza confidencial del arbitraje y no divulgará a terceros (sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte) el hecho, la existencia, el contenido, el laudo u otro resultado del arbitraje, salvo cuando sea necesario para ejecutar, presentar o impugnar dicho laudo ante un tribunal con jurisdicción competente, o cuando así lo exija la ley aplicable. Si bien un Árbitro puede otorgar medidas declaratorias o cautelares, solo podrá hacerlo con respecto a la parte individual que solicita la medida y solo en la medida necesaria para proporcionar la asistencia justificada por la reclamación de dicha parte individual. La decisión del Árbitro y la sentencia que se dicte en su consecuencia no tendrán efecto de precedente ni de cosa juzgada respecto de reclamos que involucren a otras partes.
(h) Procedimientos judiciales. Sujeto al acuerdo de arbitraje anterior y sin renuncia al mismo, usted acepta que cualquier procedimiento judicial (excepto las demandas de menor cuantía mencionadas anteriormente) se llevará a cabo en los tribunales estatales de la ciudad de Oakland y el condado de Alameda, California, o en el tribunal federal del Distrito Norte de California, y por la presente acepta la jurisdicción y competencia exclusivas de dichos tribunales. Las partes acuerdan que los siguientes Reclamos no están sujetos a las disposiciones anteriores relativas a las negociaciones informales y al arbitraje vinculante: (1) cualquier demanda para obligar al arbitraje, suspender el procedimiento en espera del arbitraje o confirmar, modificar, anular o dictar sentencia sobre el laudo dictado por el árbitro; (2) cualquier reclamo para solicitar medidas cautelares temporales, que permanecerán vigentes solo hasta que un árbitro pueda determinar si dichas medidas deben continuar, modificarse o eliminarse; o (3) cualquier demanda relacionada con la infracción, apropiación indebida o violación real o potencial de los derechos de autor, marcas comerciales, secretos comerciales, patentes u otros derechos de propiedad intelectual de una de las partes. Los Reclamos antes mencionados se presentarán en el condado de Alameda, California, a menos que las partes acuerden lo contrario. Además, cualquiera de las partes podrá presentar reclamos, si reúnen los requisitos, en el tribunal de reclamos menores de cualquier condado de los Estados Unidos en el que usted viva o trabaje.
(i) Procedimientos de Arbitraje Bellwether. Usted y nosotros aceptamos que, si se presentan veinticinco (25) o más solicitudes similares de arbitraje individual en su contra o en contra nuestra, por o con la asistencia del mismo abogado, abogados coordinados o entidades coordinadas (un “Procedimiento colectivo”), las partes seleccionarán doce (12) solicitudes individuales de arbitraje (seis [6] por cada parte) para que continúen en arbitraje (“Arbitrajes Bellwether”). Las Reglas suplementarias de NAM para las Presentaciones de arbitraje colectivo se aplicarán si NAM considera que el reclamo de las partes, a su exclusivo criterio y de conformidad con las Reglas de NAM y la presente Sección 10, forma parte de un Procedimiento colectivo. Mientras se resuelven los Arbitrajes Bellwether, todas las demás solicitudes de arbitraje que formen parte del Procedimiento colectivo quedarán en suspenso, y ninguna de las partes será responsable del pago de los honorarios del administrador o del árbitro (salvo los honorarios de presentación o administrativos iniciales del proveedor de arbitraje, así como los honorarios del Árbitro procesal, si corresponde) respecto de dichas solicitudes suspendidas durante el período en que se tramiten los Arbitrajes Bellwether. Cualquier plazo de prescripción aplicable quedará suspendido en lo que respecta a las demandas de arbitraje no Bellwether cuando dichos arbitrajes no Bellwether se mantengan en suspenso. El período de prescripción comenzará cuando el reclamante presente por primera vez el Aviso de su intención de iniciar una conferencia de resolución informal, tal como se describió anteriormente.
(j) Cualquiera de las partes podrá solicitar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación por parte del proveedor de arbitraje de que se han presentado las demandas de arbitraje, que el proveedor de arbitraje designe a un árbitro único de procedimiento (“Árbitro procesal”) para que resuelva las cuestiones preliminares que se planteen en los Arbitrajes Bellwether, incluso si los procedimientos de Arbitraje Bellwether son aplicables o ejecutables, si alguna demanda concreta forma parte de un Procedimiento colectivo y si alguna demanda concreta dentro de un Procedimiento colectivo se ha presentado de conformidad con la presente Sección 10. Las partes acuerdan que el Árbitro procesal podrá establecer los procedimientos que sean necesarios para resolver con prontitud dichas cuestiones preliminares. La Empresa pagará los honorarios del Árbitro procesal.
(k) Todas las partes están de acuerdo en que los procedimientos de Arbitraje Bellwether están diseñados como un mecanismo generalmente más rápido, más eficiente y más asequible para resolver un Procedimiento colectivo, incluidos los reclamos de las partes individuales que no son seleccionadas para un Arbitraje Bellwether. Todas las partes colaborarán de buena fe con el Árbitro o Árbitro procesal para concluir cada Arbitraje Bellwether en un plazo de ciento veinte (120) días calendario a partir de la conferencia previa a la audiencia inicial.
(l) Tras la resolución de los Arbitrajes Bellwether, todas las partes acuerdan participar en una mediación de todas las demandas de arbitraje restantes que componen el Procedimiento colectivo (la “Mediación Bellwether”). El proveedor de arbitraje administrará la Mediación Bellwether. Si las partes no consiguen resolver las restantes demandas de arbitraje que componen el Procedimiento colectivo dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la Mediación Bellwether, estas serán administradas por el proveedor de arbitraje de forma individual de conformidad con el reglamento del proveedor de arbitraje y la presente Sección 10, salvo que ambas partes acepten lo contrario por escrito.
(m) Todas las partes acuerdan cooperar de buena fe con el proveedor de arbitraje para aplicar los procedimientos de Arbitraje Bellwether, incluido el aplazamiento de cualquier costo asociado a los Procedimientos colectivos de arbitraje que no sean Bellwether hasta que hayan concluido los Arbitrajes Bellwether y la subsecuente Mediación Bellwether, y cooperar en cualquier medida para minimizar el tiempo y los costos del arbitraje, lo que puede incluir la asignación de un perito especial para el descubrimiento de pruebas a fin de asistir al árbitro en la resolución de reclamos de descubrimiento y la adopción de un calendario acelerado de los procedimientos de arbitraje.
Estos procedimientos de Arbitraje Bellwether no se interpretarán en modo alguno como una autorización para interponer una demanda colectiva o masiva de ningún tipo, ni para un arbitraje que implique reclamos conjuntos o consolidados en ninguna circunstancia, salvo lo dispuesto expresamente en esta Sección 10.
(n) Comisiones del arbitraje. De conformidad con las Reglas de la NAM, la parte que inicie el arbitraje (ya sea usted o nosotros) será responsable de pagar la tarifa de presentación correspondiente. A los efectos del presente acuerdo de arbitraje, las referencias a usted y a Afterpay US Services, LLC también incluyen a las respectivas subsidiarias, afiliadas, agentes, empleados, predecesores, sucesores y cesionarios, así como a los usuarios autorizados o beneficiarios de los Servicios.
(o) Exclusión voluntaria. Usted puede rechazar este Acuerdo de arbitraje, en cuyo caso solo se podrá recurrir a un tribunal para resolver cualquier Reclamo. Para rechazar este acuerdo, debe enviarnos un aviso de exclusión voluntaria (la “Exclusión voluntaria”) en un plazo de treinta (30) días a partir de la transacción objeto del presente Acuerdo. La solicitud de Exclusión debe enviarse por correo postal a Block, Inc., a la atención de: Arbitration Agreement, 1955 Broadway, Suite 600, Oakland, 94612 (tenga en cuenta que no se responderá a ninguna correspondencia no relacionada con la exclusión voluntaria que se envíe a esta dirección). Para su mayor comodidad, le proporcionamos un formulario de aviso que debe completar para pedir la Exclusión. Deberá completar este formulario con su nombre, dirección, $cashtag, número de teléfono y la(s) dirección(es) de correo electrónico que utilizó para registrarse y utilizar los servicios de Cash App. Esta es la única forma de excluirse de este Acuerdo de arbitraje. La exclusión voluntaria no afectará a ningún otro aspecto del presente Acuerdo, no afectará a las Condiciones de Cash App ni a ningún otro acuerdo con el originador o con Cash App, y no tendrá ningún efecto sobre cualquier acuerdo futuro que pueda alcanzar para arbitrar con el originador o con Cash App. Una Exclusión voluntaria que pretenda excluir a varias partes no será válida para ninguna de ellas. Ninguna parte a título individual (ni su agente, representante o grupo de agentes o representantes) podrá efectuar una Exclusión voluntaria en nombre de otras partes a título individual. 11. Ley aplicable y jurisdicción
Salvo lo dispuesto expresamente en la Sección 10 anterior, el presente Acuerdo se regirá e interpretará conforme a las leyes de California, sin tener en cuenta los principios de elección de la ley.
12. Falta de garantías; limitación de responsabilidad
SALVO LO EXPRESAMENTE ESTABLECIDO EN ESTE ACUERDO, NOSOTROS NO LE OFRECEMOS NINGUNA DECLARACIÓN O GARANTÍA, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO. EN NINGÚN CASO SEREMOS RESPONSABLES ANTE USTED POR CUALQUIER PÉRDIDA DE GANANCIAS O DAÑOS ESPECIALES, EJEMPLARES, CONSECUENTES O PUNITIVOS, INCLUSO SI SE NOS INFORMA DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS. ADEMÁS, NO LE OFRECEMOS NINGUNA DECLARACIÓN O GARANTÍA CON RESPECTO AL EFECTO QUE EL ACUERDO PUEDA TENER SOBRE SU RESPONSABILIDAD FISCAL EXTRANJERA, FEDERAL, ESTATAL O LOCAL. Usted acepta que, si se permite cualquier demanda o procedimiento judicial en virtud del presente Acuerdo, la responsabilidad agregada de nosotros, nuestras subsidiarias, socios y afiliados, Afterpay US, Inc. y Block, Inc. y sus subsidiarias, socios y afiliados, hacia usted por todos los reclamos que surjan del presente Acuerdo o estén relacionados con el mismo o su uso o incapacidad de usar su cuenta de Cash App no excederá (salvo lo que pueda requerirse según la ley aplicable en casos que impliquen lesiones personales) el mayor de: (a) el monto de cualquier pedido afectado que dé lugar a dichos daños, o (b) el monto de quinientos dólares estadounidenses ($500.00). Estas limitaciones se aplicarán incluso si el recurso mencionado anteriormente no cumple su propósito esencial.
13. Consentimiento expreso por escrito para recibir comunicaciones del servicio de mensajes de texto (“SMS”) y comunicaciones y marketing por correo electrónico
a) Sin perjuicio de cualquier elección actual o anterior de aceptar o rechazar recibir llamadas de telemarketing o mensajes SMS (incluidos los mensajes de texto) de parte de nosotros, nuestros agentes, representantes, afiliados o cualquier persona que llame en nuestro nombre, usted acepta expresamente que nosotros, nuestros agentes, representantes, afiliados o cualquier persona que llame en nuestro nombre se ponga en contacto con usted para todos y cada uno de los fines que surjan de este Acuerdo o estén relacionados con él, en cualquier número de teléfono o dirección física o electrónica que usted proporcione o en la cual se le pueda localizar. Acepta que podemos comunicarnos con usted a cualquier hora del día y por distintos medios, lo que incluye SMS, correos electrónicos, notificaciones de aplicaciones móviles y llamadas, ya sea con mensajes pregrabados, voz artificial o mediante sistemas de marcación automática o envío automático de mensajes de texto. Los mensajes automáticos pueden reproducirse cuando usted u otra persona contesta el teléfono. En el caso de que llame un agente o representante, este también puede dejar un mensaje en su contestadora automática, correo de voz o enviarlo a través de mensaje de texto. También acepta expresamente recibir comunicaciones electrónicas del comercio, de Afterpay, de Cash App o de cualquier tercero que Afterpay o Cash App contraten para cobrar cualquier monto adeudado en virtud del presente Acuerdo.
(b) Usted acepta recibir SMS y mensajes de texto, llamadas y mensajes (incluidos los pregrabados y de voz artificial y marcación automática) de parte de nosotros, nuestros agentes, representantes, afiliados o cualquier persona que llame en nuestro nombre a los números específicos que nos ha proporcionado, o a los números que podamos asociar razonablemente con su cuenta (a través de rastreo, captura de documento de identidad de llamadas u otros medios), con información o preguntas sobre su solicitud, el presente Acuerdo o su cuenta de Cash App. Usted certifica, garantiza y declara que los números de teléfono que nos ha proporcionado son sus números de contacto. Usted declara que tiene autorización para recibir llamadas en cada uno de los números de teléfono que nos ha proporcionado. Usted se compromete a avisarnos inmediatamente cuando deje de utilizar un número de teléfono concreto.
(c) Al firmar el presente Acuerdo, usted da su consentimiento expreso por escrito para recibir SMS y mensajes de texto a cada número de teléfono que nos haya facilitado en relación con el presente Acuerdo y su cuenta de Cash App. Usted acepta que es responsable de cualquier mensaje, comisión de datos o cargos que su proveedor de servicios telefónicos le cobre en relación con los mensajes SMS que envíe y reciba. Si tiene alguna pregunta sobre dichas tarifas, comuníquese con su proveedor de telefonía celular.
(d) Si desea retirar su consentimiento para recibir comunicaciones a través de SMS, puede optar por no recibir SMS de parte nuestra en cualquier momento respondiendo STOP para detener (o cancelar) o HELP para obtener ayuda. Al recibir su mensaje, procesaremos la solicitud y será efectiva solo después de que tengamos un período de tiempo razonable para procesar su solicitud. Si no otorga o si retira su consentimiento para recibir comunicaciones por SMS como se establece en esta sección, Cash App se reserva el derecho de restringir, desactivar o cerrar su Cuenta de Cash App y usted acepta que se le podría impedir el uso de ciertas funciones de su cuenta de Cash App.
(e) Acepta que podemos enviarle comunicaciones de marketing a la dirección de correo electrónico que proporcionó, incluidas, entre otras, ofertas específicas, introducción de nuevas funciones u otros anuncios especiales. Puede optar en cualquier momento por no recibir estas comunicaciones de marketing, utilizando el enlace “Cancelar suscripción” que reciba en un correo electrónico de marketing.
14. Varios
El presente Acuerdo será efectivo hasta que todos los montos adeudados en virtud del Acuerdo se paguen en su totalidad o se cancelen o reembolsen de otro modo. Si se determina que alguna disposición del presente Acuerdo (o cualquiera de sus partes) es inválida o inaplicable, las disposiciones restantes del mismo no se verán afectadas por ello, serán vinculantes para las partes y serán ejecutables, como si dicha disposición no válida o inaplicable (o parte de la misma) no estuviera presente en este Acuerdo. El presente Acuerdo, incluidos todos los documentos incorporados por referencia, constituye y contiene el acuerdo íntegro entre usted y nosotros con respecto al objeto del mismo y sustituye a cualquier acuerdo oral o escrito anterior o contemporáneo.
15. Avisos legales específicos del estado
Para clientes de California:
Este acuerdo se celebra de conformidad con una licencia de la Ley de Prestamistas Financieros de California, n.º 60DBO-99995. PARA OBTENER INFORMACIÓN, COMUNÍQUESE CON EL DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN E INNOVACIÓN FINANCIERA, ESTADO DE CALIFORNIA. De conformidad con la ley de California, por la presente se notifica al Prestatario que, si no cumple con los términos de sus obligaciones crediticias, se podría enviar a una agencia de registros de crédito un informe negativo que mostrará su informe de crédito. Un solicitante casado puede solicitar una cuenta separada. Si el Originador realiza alguna acción adversa según se define en § 1785.3 del Código Civil de California y la acción adversa se basa, total o parcialmente, en cualquier información contenida en un informe de crédito al consumidor, el Prestatario tiene derecho a obtener, en un plazo de 60 días, una copia gratuita del informe de crédito al consumidor del Prestatario de la agencia de informes del consumidor que proporcionó el informe de crédito y de cualquier otra agencia de informes de crédito al consumidor que recopile y mantenga archivos sobre los consumidores a nivel nacional. Tenga en cuenta que para los consumidores de California, aparte de un pago inicial, el primer pago previsto en virtud del presente no vencerá hasta al menos 15 días después de la compra.
Para clientes de Georgia:
AVISO AL CONSUMIDOR
1. No firme este acuerdo si contiene espacios en blanco.
2. Tiene derecho a recibir una copia exacta de todos los documentos que haya firmado.
3. Tiene derecho en cualquier momento a pagar por adelantado el monto total adeudado en virtud de este Acuerdo y, bajo ciertas condiciones, a obtener un reembolso parcial de los cargos por intereses.
4. Si se requiere un seguro de vida para el crédito, usted tiene derecho a adquirir un seguro de vida a término nivelado o una cobertura de seguro de vida a término reducido.
5. No tiene la obligación de comprar un seguro no crediticio como condición para obtener este préstamo.
Ga. Comp. R. y Regs. 80-14-5-.01
Para clientes de Kansas:
AVISO AL CONSUMIDOR
1. No firme este acuerdo antes de leerlo.
2. Tiene derecho a recibir una copia de este acuerdo.
3. Puede pagar en cualquier momento por adelantado el saldo pendiente sin penalización.
Para clientes de Maryland:
Este préstamo se concede de conformidad con las Disposiciones de crédito cerrado del otorgante de crédito del Título 12, subtítulo 1 del artículo de la Ley Comercial de Maryland (Md. Code Ann., Com. Ley § 12-1001 et seq.).
Para clientes de Dakota del Norte:
AVISO: LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS ESTÁN AUTORIZADOS Y REGULADOS POR EL DEPARTAMENTO DE ENTIDADES FINANCIERAS, 2000 SCHAFER STREET, SUITE G, BISMARCK, NORTH DAKOTA 58501-1204. EL DEPARTAMENTO DE ENTIDADES FINANCIERAS NO HA APROBADO LA CALIDAD O VIABILIDAD DEL CONTRATO Y LA LICENCIA NO CONSTITUYE UNA APROBACIÓN DE LOS TÉRMINOS O DE LA CAPACIDAD DEL INTERMEDIARIO PARA CONCERTAR CUALQUIER PRÉSTAMO. LAS QUEJAS RELATIVAS A LOS SERVICIOS DE LOS INTERMEDIARIOS FINANCIEROS DEBEN DIRIGIRSE AL DEPARTAMENTO DE ENTIDADES FINANCIERAS.
Para clientes de Oklahoma:
Debe consultar las secciones pertinentes del presente Contrato para obtener información sobre la falta de pago, el incumplimiento, el derecho a acelerar el vencimiento del presente Acuerdo, el pago anticipado y las penalizaciones.
Para clientes de Dakota del Sur:
Si detecta alguna irregularidad en la concesión de este préstamo o en cualquier práctica crediticia, diríjase a la División de Banca de Dakota del Sur: South Dakota Division of Banking, 1714 Lincoln Avenue, Suite 2, Pierre, Dakota del Sur, 57501; (605) 773-3421.
Para clientes de Rhode Island:
No se aplicarán cargos por pago atrasado a los residentes del estado de Rhode Island.
De conformidad con RI Gen L § 19-14.2-13, todo licenciatario que sea titular de un pagaré de préstamo pequeño deberá entregar al prestatario, en el momento en que se conceda el préstamo pequeño, una declaración de la ley relativa a las limitaciones del tipo de interés y del plazo, en un inglés sencillo, en la que se indiquen en términos claros y precisos el monto y la fecha del préstamo y de su vencimiento, la naturaleza de la garantía, si la hubiera, del préstamo, el nombre y la dirección del prestatario y del licenciatario, y el tipo de interés acordado. Para obtener esta información, consulte las secciones pertinentes del presente Acuerdo y su Calendario de pagos final.
NOTA: CUALQUIER TITULAR DE ESTE CONTRATO DE CRÉDITO AL CONSUMO ESTÁ SUJETO A TODOS LOS RECLAMOS Y DEFENSAS QUE EL DEUDOR PUDIERA HACER VALER CONTRA EL VENDEDOR DE BIENES O SERVICIOS OBTENIDOS CON LOS FONDOS PROVENIENTES DEL PRESENTE. LA RECUPERACIÓN POR PARTE DEL DEUDOR NO EXCEDERÁ LOS IMPORTES PAGADOS POR EL DEUDOR EN VIRTUD DEL PRESENTE.